martes, 5 de agosto de 2008

26/06/2008 JUEZ HA ORDENADO EL PROCESAMIENTO PENAL

26/06/2008

Sumilla: COMUNICO QUE LA JUEZ HA ORDENADO EL PROCESAMIENTO PENAL DE

VICTOR GIRAO CUYA INSTRUCTIVA SERÁ RENDIDA EL MIERCOLES 02 DE JULIO A
LAS 09.30 DE LA MAÑANA Y LE HA ORDENADO IMPEDIMENTO DE SALIDA DEL PAIS.

Señor Director del Programa Día D

NICOLAS LUCAR

Av. Arequipa 3570

San Isidro.-

JULY GARCIA PAREDES identificada con DNI Nº 05203068 con domicilio legal

en la Av. José Pardo 764 10º piso Of. 101 Miraflores, madre de JULIANA
VILLACORTA GARCIA (23 años) asesinada el 20/01/07, por Randy Helmut Gómez
Nieto actualmente en prisión por asesinato agravado, se dirige a usted
y expresa lo siguiente:

Que en relación a la investigación periodística que viene
realizando su programa DIA D contra el abogado Víctor Girao, cumplo con
comunicar a su despacho el día de ayer el Trigésimo Octavo Juzgado
Penal de Lima me notificó las siguientes cedulas de notificación
judicial que adjunto como medio probatorio de la siguiente forma:

3. Cedula de notificación judicial en la que se me pone en conocimiento
lo siguiente:

“Por disposición de la señorita Juez del 38º Juzgado
Penal de Lima, notifico a Ud. con copia de la resolución de fecha 20.06.08.
en la que se amplia el Auto Inicio del proceso de fecha 29.03.07. a fin de comprender
al procesado Víctor Girao como presunto autor del delito contra la Administración
de Justicia. Encubrimiento Real en agravio del Estado, señalándose
fecha para su declaración instructiva del mismo”.

4. Cedula de notificación judicial en la que se me pone en conocimiento
lo siguiente:

“Por disposición de la señoritas Juez del 38º Juzgado
Penal de Lima, notifico a Ud. con copias de la resolución de fecha 23.06.08.,
en el que se ha RESUELTO: PROLONGAR DE OFICIO POR EL PLAZO DE DOCE MESES la
detención del proceso Randy Helmut Gómez Nieto en la instrucción
que se le sigue…”

El Departamento de Investigación Periodística, su programa tiene
más elementos probatorios de los delitos de las graves faltas a la ética
profesional de abogado cometida por Víctor Octavio Girao Alatrista quien
según el auto ampliatorio de instrucción, no solo aconsejó
a su cliente Randy Helmut Gómez Nieto que esconda y entierre el cuerpo
de mi hija Juliana Villacorta García como dice textualmente el procesado
Gómez a fojas 823, sino que a raíz de ese asesoramiento delictivo
Gómez Nieto el miércoles en la noche fue al lugar donde se encontraba
el cilindro y de acuerdo a las instrucciones de su abogado Víctor Octavio
Girao Alatrista le echó un tarro de pintura color ocre y tapó
hasta donde pudo y luego se retiró, asimismo en los fundamentos del auto
apertorio de instrucción, el Juzgado considera que el abogado Girao que
en vez de aconsejar a su cliente Randy Helmut Gómez Nieto de acuerdo
al Código de Ética de los Colegios de Abogados del Perú,
es decir como un servidor de la justicia y colaborando con su administración
y defendiendo con estricta observancia a las normas jurídicas morales
y derecho de su patrocinado, le aconsejó para que agravara su delito
asimismo, en la entrevista concedida al programa de noticias “Día
D” señaló que era inocente del secuestro y homicidio a la
agravada difamando la honorabilidad de Juliana Villacorta García y su
familia.


El programa Día D podrá advertir que el Juzgado ha acreditado
los medios probatorios a través de la verificación de la agenda
de teléfono celular 90484378 de propiedad de Randy Helmut Gómez
Nieto obrante a fojas 413 en donde aparece registrado en la Agenda Telefónica
del procesado Gómez Nieto el número de su co-procesado Girao,
99638683 detalle de llamadas número telefónico 93484378 obrante
a fojas 580 se advierte que el procesado Gómez Nieto estuvo en comunicación
con su inculpado Girao, el día miércoles 24/01/2007 entre las
17 horas y 7 minutos y las 18 horas y 50 minutos, número de 3 llamadas,
siendo la ubicación de la llamada desde la Av. Nicolás Arriola
cuadra cinco.


Esto prueba que los inculpados Gómez Nieto y procesado penalmente Víctor
Girao hablaron que el miércoles 24 de enero 2007, a esa hora, lo que
corrobora que el inculpado Randy Helmut Gómez Nieto que después
de esa conversación en la que Víctor Octavio Girao Alatrista le
aconsejó que esconda el cuerpo de la agraviada, ese mismo día
miércoles Randy Helmut Gómez Nieto fue al lugar donde estaba el
cilindro y de acuerdo a las instrucciones que le dio Girao en esa conversación
telefónica le echo un tarro de pintura lacre al cilindro y lo tapó
hasta donde pudo.


Según el auto ampliatorio de instrucción contra Víctor
Octavio Girao Alatrista, este abogado mantuvo comunicación con Randy
Helmut Gómez Nieto, después del miércoles 24 de enero en
que le aconsejó esconder y desaparecer el cuerpo de la siguiente forma:


- 25 de enero del 2007 entre las 7.54 am, y 11 de la mañana aproximadamente
siendo la llamada desde Nicolás Arriola cuadra 5, La Victoria;

- 26 de enero del 2007 entre las 11.20 de la mañana, siendo la llamada
desde Nicolás Arriola cuadra 5, La Victoria,

- 30 de enero del 2007, 8.50 en la dirección antes mencionada.

- 1 de febrero del 2007 se comunicaron hasta en 3 oportunidades, (horas: siete
y cuatro, once y treinta y ocho, y quince y cincuenta y tres);


Asimismo, el programa Día D de su digna dirección podrá
advertir a través de este auto ampliatorio de instrucción que
el abogado quejado Víctor Octavio Girao Alatrista tiene 4 procesos penales
como denunciado, inculpado o procesado, habiendo sido absuelto en 1, y en otro
rehabilitado quedando pendiente esclarecer dos procesos penales.


La gravedad de los delitos y de las faltas éticas cometidas contra el
Código de Ética de los Colegios de Abogados del Perú por
Víctor Octavio Girao Alatrista están debidamente probadas en los
instrumentos probatorios que anexamos, asimismo, el programa Día D podrá
advertir que la Juez del 38º Juzgado Penal de Lima si bien en el auto de
inicio de proceso penal contra Víctor Octavio Girao Alatrista le ha dictado
al imputado mandato de comparencia con las siguientes restricciones:


e) No variar de domicilio sin previo aviso al Juzgado.

f) No ausentarse del lugar de su residencia

g) Cumplir con las citaciones y mandatos judiciales

h) Concurrir cada fin de mes al local del Juzgado a firmar el libro respectivo


Asimismo, el programa Día D podrá advertir que el Juzgado le
ha ordenado al abogado quejado Víctor Octavio Girao Alatrista impedimento
de salida del país.


Estimado señor Lucar, la última entrevista que usted me hizo
la voy a colgar en Youtube, porque es una muestra de su valor como periodista
en la búsqueda de la verdad, agradeciéndole de antemano, la objetividad
en razón a que el cómplice del asesinato de mi hija, Víctor
Octavio Girao Alatrista, abogado recibido en el 2001 y que antes fungía
de tinterillo ha venido paseándose en muchos medios de comunicación,
despachándose a su gusto, por lo que la pregunta que me hago es ¿habrá
hecho con todos sus clientes, la misma táctica de pedirles dinero para
supuestamente conseguir pantalla y apoyo de otros periodistas?, eso tendrá
que investigarse, porque nadie entiende como un hombre que tiene 4 procesos
penales, que estuvo 8 años preso por el caso Lamberg, que se recibió
de abogado a los 62 años … que tenga una calaña moral infame
… le den pantalla y no lo hayan conocido ni investigado su oscuro pasado,
espero su apoyo con objetividad para que sus televidentes se enteren que su
compromiso con la verdad, en el develamiento de la extraña gansteril
de su asesinato, avanza y hoy Víctor Octavio Girao Alatrista está
con un pie en la cárcel, procesado penalmente con reglas de conducta
estricta y con impedimento de salida del país.

POR TANTO:

Considerando que ante sus televidentes usted juró en la búsqueda
de la verdad ir hasta las últimas consecuencias y que sí era verdad
que Víctor Octavio Girao Alatrista le pidió 23 mil dólares
a Randy Helmut Gómez Nieto para supuestamente sobornar a usted, usted
no pararía hasta que el autor de esta asquerosa patraña Víctor
Octavio Girao Alatrista vaya a la cárcel, esperamos la suscrita, mi familia
y la sociedad entera que en su digno programa, los televidentes se enteren de
los dos documentos judiciales que le adjunto y que prueban que Girao ya subió
al microbús de la justicia y que su destino inexorable será la
cárcel.

ANEXO:

1. Dos cédulas de notificación judicial del 38º Juzgado
Penal de Lima


Lima, 26 de junio de 2008

JULY GARCIA PAREDES DNI Nº 05203068


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