El Fiscal de la Decima Fiscalia Superior Penal de Lima, Teddy Cortez Vargas expidió el dictamen Nº 725-2008 a la Cuarta Sala Penal de Reos en Carcel en el que consideran haber mérito para pasar a juicio oral contra Randy Gómez Nieto, Benjamin Gonzales, Maria Mercedes Fernández Bernal, Nancy Rebeca Hernandez Malca y Víctor Octavio Girao Alatrista.
Según el Fiscal Superior se debe condenar a 4 años de cárcel efectiva a Víctor Girao Alatrista en razón a que en la instructiva se ha probado que Víctor Girao dijo: “:Yo te saco de esto, pero asegurate que el cuerpo no aparezca, por lo que el asesino Randy Gómez regresó al lugar donde había dejado el cilindro con el cadáver de la agraviada y procuró ocultarlo hasta donde pudo. Estas pruebas unidas a lo declarado por el propio Girao Alatrista a fojas 2060/2065, cuando reconoce que asesoró a Randy Gómez y se comunicó con él en varias oportunidades, evidencian que este encausado instruyó al citado Gómez para que dificulte la acción de la justicia, procurando la desaparición de la prueba del delito “cadáver de la agraviada Juliana Villacorta” conducta que se encuentra tipificado como delito en el art. 405 del Código Penal; en tal sentido su comportamiento lo convierte en autor intelectual (autoria mediata) del delito de encubrimiento real; y, si bien Víctor Girao alega que la imputación esgrimida es en su contra obedece a un acto de venganza, su dicho debe ser tomado como argumento de defensa y por lo tanto valorado con la reserva del caso, pues la sindicación efectuada por su co- procesado Randy Gómez no tiene como motivo un ánimo de venganza o revanchismo, incluso refiere Girao Alatrista que lo asesoró “gratuitamente” el relato incriminador de Gómez está corroborado con otras acreditaciones indiciarias (las constantes comunicaciones telefónicas que sostuvieron e incluso la entrevista televisiva que obtuvo Girao Alatrista a favor de Randy Gómez, conforme convienen ambos.
Finalmente, es preciso tener en cuenta que el relato incriminador es coherente y sólido (durante el trascurso de las investigaciones ) se ha mantenido invariable con pequeños matices).
Asimismo, EL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE LIMA HA EXPULSADO DE SUS FILAS POR 5 AÑOS Y HASTA EL 2014 AL ABOGADO VÍCTOR GIRAO ALATRISTA QUE FUE EL AUTOR INTELECTUAL DE UNA CAMPAÑA MEDIATICA PARA DIFAMAR TILDANDO DE PROSTITUTA A MI HIJA ASESINADA, ACONSEJANDO CON PERVERSIDAD QUE EL CUERPO NO APAREZCA, QUE LA INTRODUZCAN EN UN BARRIL Y ACONSEJANDO AL ASESINO HUYA DEL PAÍS CON UNA CÉDULA ECUATORIANA FALSA.
El Colegio de Abogados de Lima considera que Víctor Girao realizó un patrocinio negligente e indigno al deshonrar la memoria de mi hija fallecida ante los medios de comunicación y por lo tanto hoy ya no puede ejercer la profesión de abogado en ninguna Corte de Justicia del Perú, exhorto a los vocales de la Sala Penal de Reos en Cárcel, Ventura Cueva, Vigo Zevallos y Peña Farfán que de conformidad a los fundamentos de hecho y derecho en mi recurso de apelación, se resuelva fundado mi pedido y se ordene la detención inmediata de Víctor Girao Alatrista para que sea confinado en un penal de la capital.
Mientras abogados perversos como Víctor Girao ejerzan la profesión, las incautas víctimas podrían caer en sus garras, por lo que exhorto al Dr. Javier Villa Stein flamante presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República a que imparta órdenes a todas las Cortes Superiores para que sepa que Víctor Girao el aboganster difamador de mi hija que creó el libreo difamador para decir que era prostituta, cuando Randy la asesinó y la enterró en un barril con su asesoría sean extirpados de nuestra sociedad.